El 16 de enero de 2025 se emitió la Resolución Nº 1/2025 de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial (DNPI) de Uruguay sobre la implementación del TRATADO DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE PATENTES (PCT):

La Ley Nº 20.299 aprobó la adhesión de Uruguay al PCT, con reserva del Capítulo 11, y por consiguiente, la DNPI actuará como Oficina Receptora (OR) y Oficina Designada (OD) para solicitudes internacionales bajo el tratado.

En dicha resolución, se establecen las siguientes directivas:

1. Toda persona nacional o residente en Uruguay puede presentar solicitudes a través del sistema ePCT de la OMPI.

2. IDIOMA: El único idioma de presentación aceptado por la DNPI es el español.

3. DOCUMENTOS REQUERIDOS:

  • Petitorio (formulario PCT/RO/101).
  • Descripción del invento.
  • Reivindicaciones según la normativa PCT.
  • Dibujos (si son necesarios).
  • Resumen conforme a las reglas del PCT.

4. PLAZOS Y PRIORIDADES: Se puede invocar prioridad sobre solicitudes previas presentadas en países del Convenio de París, dentro de 12 meses desde la fecha de presentación original.

5. TASAS APLICABLES:

  • Se deben pagar tres tasas: TASA DE TRANSMISIÓN, TASA INTERNACIONAL y TASA DE BÚSQUEDA.
  • Se ofrece una reducción del 90% en la tasa internacional, si el solicitante es una persona física nacional de Uruguay o domiciliada en Uruguay. Si existe más de un solicitante, todos deben cumplir con lo anterior.
  • El pago debe realizarse en pesos uruguayos mediante el Sistema de Presentación en Línea de la DNPI

6. ADMINISTRACIONES DE BÚSQUEDA INTERNACIONAL (ISA) AUTORIZADAS:

  • Los solicitantes pueden elegir entre las siguientes oficinas: INPI Chile, INPI Brasil, OEPM (España), OEP (Europa), USPTO (EE.UU.), IPOS (Singapur), JPO (Japón).
  • En algunos casos, se requerirá traducción al idioma aceptado por la ISA seleccionada.

7. EXAMEN FORMAL DE LA SOLICITUD:

  • La DNPI verificará el cumplimiento de requisitos formales según el Artículo 11 del PCT.
  • Si se detectan errores, se notificará al solicitante, quien tendrá 2 meses para corregirlos.
  • En caso de incumplimiento, la solicitud será considerada retirada.

8. ENTRADA EN FASE NACIONAL:

  • Para ingresar en la FASE NACIONAL EN URUGUAY, los solicitantes deben presentar su solicitud dentro de los 30 meses desde la fecha de prioridad, pagando las tasas nacionales correspondientes.
  • Solo las solicitudes presentadas internacionalmente desde el 7 de enero de 2025 podrán entrar en la fase nacional en Uruguay.