PATENTES – NUEVO PROCEDIMIENTO PILOTO PARA APROVECHAMIENTO DE RESULTADOS (PAR)

De interés para aquellos titulares con solicitudes de patente anteriores a enero de 2017.

Nos complace anunciar que con fecha 14 de agosto de 2019, la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial ha resuelto lanzar un nuevo proyecto a los efectos de optimizar y agilizar los procedimientos de examen de las solicitudes de patentes de invención y modelos de utilidad.

Este nuevo programa llamado Procedimiento Piloto de Aprovechamiento de Resultados (PAR), entrará en vigencia a partir del 1° de setiembre de 2019 y establece que para las gestiones iniciadas antes del 1° de enero de 2017 se tendrán por cumplidas la búsqueda internacional y el examen de fondo mediante la utilización de los exámenes realizados en otras Oficinas de Patentes.

A los efectos de la aplicación del PAR, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

I. Que la solicitud se haya presentado antes del 1° de enero de 2017 y aún se encuentre pendiente de examen.

II.  Que la solicitud se haya publicado por MIEM-DNPI.

III.  Que se haya pagado la tasa de examen de fondo.

IV.  Que no exista informe de examen realizado por MIEM-DNPI.

V.  Acreditar Carta de Autorización conforme a lo establecido en la Circular 10/2015.

VI. Que exista una patente concedida por otra Oficina de Patentes nacional o regional, sobre la misma invención o modelo de utilidad.

Para ampararse al PAR, el interesado deberá presentar una solicitud por escrito que deberá indicar:

     –   Identificación del expediente en el que se pretende la aplicación del PAR.

     –  Resolución de Concesión de la patente en la Oficina Nacional o Regional y copia de los informes de búsqueda y examen realizados por la misma, proporcionando todos los datos que faciliten su individualización por el examinador.

     –  Copia del juego reivindicatorio en base al cual se haya concedido la patente.
En todos los casos, si la documentación se presenta en idioma extranjero, deberá presentarse su traducción por traductor público.

Si el juego reivindicatorio en base al cual se hubiera concedido la patente difiriera del presentado ante MIEM-DNPI, al momento de presentar la solicitud de amparo al PAR el solicitante deberá ajustar éste último a efectos de que tenga el mismo alcance que el primero, siempre que esta adecuación no implique una ampliación del objeto de la patente.

En caso de existir observaciones sobre estos requisitos, se conferirá una única vista por el plazo de 30 días a efectos de su subsanación. Sobre ésta vista no se conferirán prórrogas. El incumplimiento de la vista hará caer la solicitud de PAR, volviendo la solicitud al trámite general.

Seguidamente el examinador determinará, en un plazo máximo de 60 días, si la solicitud y el juego reivindicatorio presentados a efectos del PAR no incumplen las disposiciones de los artículos 9, 13, 14 y 15 de la Ley 17.164. De existir objeciones, se conferirá una vista al gestionante por el término de 30 días, prorrogables por una única vez mediante pedido expreso del solicitante, por 15 días adicionales.

El Equipo de Patentes de FISCHER Abogados se encuentra a su disposición para ampliar esta información o asistirle en este procedimiento.